Concejo Deliberante de Bariloche declara de interés las XXIII Jornadas

DECLARACIÓN N° 1881-CM-15

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL XXIII  JORNADAS CIENTÍFICAS DE LA MAGISTRATURA.

 

ANTECEDENTES

Carta Orgánica Municipal.

Ordenanza 2071-CM-10: Jerarquización de las declaraciones de interés del Concejo Municipal. Reglamentación.

Solicitud de declaración de interés.

Gacetilla de prensa del evento.

 

FUNDAMENTOS

El Colegio de Magistrados y Funcionarios de Río Negro (CMFRN) participa de la organización de la “XXIII Jornadas Científicas de la Magistratura” que se realizarán en San Carlos de Bariloche los días 21 y 22 de mayo de 2015.

La actividad, que reúne a jueces, fiscales, defensores y secretarios judiciales de todo el país es convocada por la Federación Argentina de la Magistratura y la Función Judicial (FAM) entidad que nuclea y representa a las asociaciones provinciales del país.

De este modo se facilita a los socios reunirse cada dos años en distintas sedes de Argentina para abordar temáticas de actualidad. Se procura asimismo el fortalecimiento del federalismo al intercambiar experiencias de las distintas regiones y conocer la interpretación y aplicación de las leyes en esos lugares.

En esta oportunidad es el CMFRN la entidad co-organizadora del evento a través de su Consejo Directivo, que preside el juez Héctor Leguizamón Pondal, deberá cumplir el rol de anfitrión del encuentro.

La actividad, que contará con disertantes de renombre, abordará los temas propuestos a través de tres ejes: privado, público e institucional. Las conferencias magistrales y paneles tendrán lugar en distintos salones de la ciudad.

Entre los temas que se expondrán en las Jornadas se destaca el nuevo Código Civil y Comercial, siendo el primer espacio federal en abordar la normativa recientemente promulgada. En este sentido se espera la presencia de los co-redactores de dicho Digesto. Asimismo tendrán espacio ponderable los ante-proyectos del Código Penal y del Código Procesal Penal Federal, cuya discusión y abordaje es un tema de suma importancia y actualidad. Además, habrá encuentro de ideas y debate sobre asociativismo, género, gestión y comunicación.

Las distintas propuestas de interés se vienen sucediendo desde el mes de junio del año 2014, cuando en Asamblea General de la FAM (realizada en la ciudad de San Miguel de Tucumán), se eligió a la ciudad lacustre como nueva sede del encuentro nacional.

Este evento se constituye en una instancia de discusión y reflexión acerca de temas de interés jurídico e institucional, teniendo siempre presente lo referido a independencia judicial y derechos humanos, como así también a todas aquellas cuestiones que se vinculan con la aplicación de la ley, desde la interpretación del juez y su rol preponderante en la sociedad actual, hasta aquel compartido en estos últimos años con los representantes del Ministerio Público.

El Colegio de Magistrados y Funcionarios de Río Negro es una institución civil sin fines de lucro que representa a las cuatro circunscripciones judiciales, con el objetivo de funcionar como agrupación para defender cualquier situación que los asociados sientan que solos no han podido resolver. Su inicio se remonta al año 1968 oportunidad en que el Colegio consiguió su personería jurídica. El 2 de junio del año 1970 redactaron el Acta N° 1 dando origen a una historia de más de 40 años al servicio de las necesidades de los asociados de toda la provincia de Río Negro.

 

AUTOR: Presidente del Concejo Municipal, Ramón Chiocconi (PJ).

COLABORADORA: Secretaría de Comunicación Institucional del Concejo Municipal.

 

El proyecto original Nº 788/15 fue aprobado en la sesión del día 9 de abril de 2015, según consta en el Acta Nº 1035/15. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

DECLARACIÓN

 

Art.  1°) Se declaran de interés municipal las XXIII Jornadas Científicas de la Magistratura, que se realizarán en San Carlos de Bariloche los días 21 y 22 de mayo de 2015. 
Art.  2°) La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal. 
Art.  3°) Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.